Decreto 1142/2003, son las siguientes:
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas definidos por la Autoridad Portuaria Nacional.
ACCIONES
- Planificar y controlar el cumplimiento de las políticas, planes y programas de la Autoridad Portuaria Nacional.
- Asesorar técnicamente en materia portuaria a la Autoridad Portuaria Nacional y a los organismos públicos y/o privados que lo requieran.
- Intervenir en el control de los procedimientos de habilitación de puertos.
- Coordinar la acción de los distintos organismos del ESTADO NACIONAL y entes privados que interactúan en el ámbito portuario.
- Fiscalizar las actividades operativas de los puertos de acuerdo con la legislación vigente.
- Intervenir en la aplicación del régimen disciplinario por el incumplimiento de las disposiciones legales y/o reglamentarias en que incurrieran los titulares de las administraciones portuarias públicas y privadas.
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