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| Hidrovía Parana Paraguay |
Comisión del Acuerdo
DECISIONES DE LA COMISION DEL ACUERDO
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I REUNION DE LA COMISION ( San Pablo / Brasil - 27 / 07 / 1995 )
Decisión HPP/CA/DEC Nro 1/95. Será convocada la próxima Reunión de la Comisión del Acuerdo simultaneamente con la XX Reunión del CIH.
II REUNION DE LA COMISION ( Punta del Este / Uruguay - 06 / 12 / 1995 )
Sin decisiones.
III REUNION DE LA COMISION ( Asunción / Paraguay - 14 y 15 / 03 / 1996 )
Decisión HPP/CA/DEC Nro 2/96. Prioritariamente la asistencia debe ser prestada por embarcaciones del mismo pabellón que se encuentren en las inmediaciones o por las del pabellón del país signatario en cuyas aguas se encuentra la embarcación asistida.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 3/96. En virtud de lo establecido en el art.23, inc.b) del Acuerdo, solicitó a la Delegación de Paraguay, efectúe las gestiones correspondientes ante la autoridad o autoridades competentes de su país, a fin de evitar la reiteración de situaciones como la planteada, y se dé cumplimiento al artículo 80 del Protocolo sobre Navegación y Seguridad.
Referencia : exigencia de embarque de prácticos paraguayos a convoyes argentinos para tomar puertos del Paraguay.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 4/96. En igual sentido que el punto 3 por estar, la exigencia del no uso de remolcadores, contemplado en el mismo artículo 80 del Protocolo sobre Navegación y Seguridad.
Referencia : exigencia del uso de remolcadores del Paraguay a convoyes argentinos para entrar al Puerto de Asunción.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 5/96. El tema será tratado nuevamente en la próxima Reunión del Acuerdo.
Referencia : tratamiento dado por autoridades argentinas y paraguayas al ex-buque de bandera uruguaya "AMANECER" en cuanto a requerimiento de piloto y práctico.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 6/96. Solicitar a la Delegación del Paraguay realizar las gestiones pertinentes ante el organismo respectivo a fin de revisar dicho procedimiento, debido a los inconvenientes que representan tanto para el armador como para el agente marítimo.
Referencia : procedimiento adoptado por la autoridad aduanera del Puerto de Asunción, Paraguay, en ocasión de verificarse faltantes en contenedores, responsabilizando al armador y al agente marítimo.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 7/96. Recomendar a la Delegación del Paraguay que gestione ante las autoridades aduaneras el levantamiento de la mencionada restricción en virtud de lo establecido en el art. 11 del Protocolo sobre Condiciones de Igualdad de Oportunidades para una Mayor Competitividad.
Referencia : Solicitud de la C.P.T.C.P. ante las autoridades paraguayas a fin de permitir la salida de contenedores del Puerto de Asunción los fines de semana.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 8/96. Solicitar a la Delegación del Paraguay que efectúe las gestiones pertinentes ante los organismos competentes a fin de establecer horarios uniformes que permitan la agilización de los trámites para la entrada y salida de embarcaciones del Puerto de Asunción.
Referencia : Nota de la C.P.T.C.P. referente a los horarios de la Dirección General de Aduanas y la Prefectura General Naval de Paraguay.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 9/96. Debe aplicarse el art. 1° del Protocolo sobre Cese Provisorio de Bandera.
Referencia : Nota de la C.P.T.C.P., referente a la imposición de la Prefectura General Naval del Paraguay sobre embarque de dos prácticos paraguayos hasta Confluencia.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 10/96. Responder a la C.P.T.C.P. por intermedio del Delegado Ejecutivo en el sentido que la situación planteada escapa a las funciones de la Comisión.
Referencia : Nota de la C.P.T.C.P. referente a la situación creada con el personal de Aduana Argentina.
IV REUNION DE LA COMISION ( Asunción / Paraguay - 27 y 28 / 05 / 1996)
Decisión HPP/CA/DEC Nro 11/96. Solicitar a la Delegación Paraguaya efectúe las gestiones pertinentes ante la autoridad aduanera de su país, para que informe sobre el procedimiento utilizado en el manejo de contenedores en sus puertos. Asimismo la Comisión a través del Delegado Ejecutivo solicitará a la C.P.T.C.P. brinde mayores precisiones de su denuncia formulada por Nota CPTCP N° 137/95 de fecha 1° de noviembre de 1995 relacionada con el manipuleo de contenedores en el Puerto de Asunción.
V REUNION DE LA COMISION ( Santa Cruz de la Sierra / Bolivia-19 y 20 / 08 / 1996 )
Decisión HPP/CA/DEC Nro 12/96. Hasta tanto no entre en vigencia el Reglamento de Pilotaje de la Hidrovía, la habilitación de los Pilotos y/o Baqueanos para navegar en la Hidrovía, su registro, comunicaciones y demás exigencias, se efectuará de igual forma que lo establecido en el Tratado de Navegación suscrito entre la República Argentina y la República del Paraguay en el año 1967.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 13/96. La Comisión del Acuerdo decide aprobar su Primer Informe Anual y encomendar al Delegado Ejecutivo, su elevación al CIH.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 14/96. Renumerar las Actas de la Comisión del Acuerdo a partir de la Primera Reunión de la misma realizada en San Pablo-Brasil en julio de 1995.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 15/96. Encomendar al Delegado Ejecutivo de la Comisión del Acuerdo la elaboración y distribución de un Boletín Informativo a fin de tomar conocimiento de los temas planteados, así como del tratamiento y soluciones similares que sirvan de base para futuros acaecimientos o hechos.
VI REUNION DE LA COMISION ( Buenos Aires / Argentina - 16 y 17 / 12 / 96 )
La Comisión del Acuerdo no adoptó decisiones, tal como lo preve el Artículo 22 de su reglamento interno, por ausencia de una de las Delegaciones.
VII REUNION DE LA COMISION ( Corrientes / Argentina - 03 / 04 / 97 )
Decisión HPP/CA/DEC Nro 16/97. Ofrecer al Ing. Ramón A. Cabrera, de la Delegación del Paraguay, que cumpla la función de Secretario de la Comisión, la que fue aceptada por el mismo en forma provisoria hasta que pueda plantear la cuestión a sus autoridades superiores.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 17/97. Se acordó que la documentación correspondiente a la recepción de la Información Estadística (elenco de embarcaciones, accidentes y sus consecuencias en la Hidrovía), se extiende a los años 1994, 1995 y 1996.
VIII REUNION DE LA COMISION ( Asunción / Paraguay - 05 y 06 / 06 / 97 )
Decisión HPP/CA/DEC Nro 18/97. Los miembros de la Comisión acordaron realizar estudios sobre cada uno de los temas planteados por el Presidente de la CPTCP, en sus respectivos países. Los mismos son:
-Necesidad de brindar instrucciones precisas a los órganos competentes sobre la aplicación de lo establecido en el Acuerdo de Transporte Fluvial.
-Eliminar las exigencias de serenos en el Paraguay y la Argentina, dejando la contratación librada a criterio del Armador.
-Necesidad de eliminar trámites Aduaneros, Portuarios y Consulares innecesarios para las mercaderías en tránsito aplicados por las autoridades paraguayas.
-Necesidad que la Aduana de Corumbá opere durante todo el día de la semana y con presencia en el Puerto Esperanza.
-Posibilidad de la contratación de cualquier piloto o baqueano de la Hidrovía de cualquier país miembro debidamente titulado y habilitado.
Decisión HPP/CA/DEC Nro 19/97. Las Delegaciones analizarán el contenido de lo manifestado por la Delegación del Uruguay respecto a la aplicación práctica del Artículo 21 párrafo 2º del Protocolo sobre Navegación y Seguridad, a fin de su consideración en próximas reuniones de la Comisión del Acuerdo y responder sobre el particular.
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