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Hidrovía Parana Paraguay
Comisión del Acuerdo

Protocolos del Acuerdo


APENDICE II

Instrucciones para llenar el formulario Manifiesto internacional de carga / declaracion De transito aduanero Mic/dta


El formulario de Manifiesto Internacional de Carga / Declaración de Tránsito Aduanero se establece de conformidad con:

A. Indicaciones para llenar las casillas del anverso del formulario.

Tránsito Aduanero - Cuando el documento tiene carácter de Declaración de Tránsito Aduanero se marca el recuadro "Si". En caso negativo, se marca el recuadro "No".

Casilla 1: El transportador asienta su número y la fecha en que se emite el MIC.

Casilla 2: La aduana de partida asigna este número de registro del DTA al aceptarlo en trámite, asentando la fecha en que se emite el documento.

Casilla 3: Nombre y domicilio de los transportadores. Se individualiza al transportador que suscribe y presenta el MIC/DTA a la aduana de partida, indicando su dirección y país de domicilio, y a los demás transportadores intervinientes en la operación.

Casilla 4: Identificación de las unidades de transporte, por tramo. Se indica el país y el número de matrícula de las unidades de transporte amparadas por este documento.

Casilla 5: Nombre y domicilio del remitente. Se individualiza a la persona que remite al exterior las mercancías, indicando su dirección y el país de domicilio.

Casilla 6: Nombre y domicilio del destinatario. Se individualiza a la persona a la cual van destinadas las mercancías, indicando su dirección y país de domicilio.

Casilla 7: Lugar y país de carga. Se indican el lugar y el país donde se cargan las mercancías a bordo de la/s unidad/es de transporte.

Casilla 8: Lugar y país de destino. Se indican el lugar y el país donde se pondrá término a la operación de tránsito aduanero internacional.

Casilla 9: Nombre y domicilio del consignatario. Si existe una persona facultada para recibir las mercancías en destino que sea distinta del destinatario, se individualiza a dicha persona, indicando su dirección y el país de domicilio.

Casilla 10: Número de los conocimientos. Para cada partida de mercancías se indica el número del conocimiento de embarque que ampara su transporte internacional.

Casilla 11: Cantidad de bultos. Se indica la cantidad total de los bultos que componen cada partida de mercancías. Al final de la casilla se consigna la sumatoria de estas cantidades.

Casilla 12: Peso bruto en kilogramos. Se indica el peso bruto de cada partida de mercancías. Al final de la casilla se consigna la sumatoria de estos pesos.

Casilla 13: Valor FOB en US$. Se indica el valor que tenía cada partida de mercancías en el tiempo y lugar en que el transportador se hizo cargo de ella, expresado en dólares de los Estados Unidos de América. Al final de la casilla se consigna la sumatoria de estos valores.

Casilla 14: Marcas y números, descripción de las mercancías. Se indican las marcas y los números que figuran en los bultos de cada partida de mercancías, así como la descripción de éstas que figuran en el documento de exportación correspondiente.

Casilla 15: Número de los precintos. Se indica la serie y el número de los precintos o sellos colocados a la unidad de transporte, o bien a cada uno de los bultos si la unidad no es precintable.

Casilla 16: Observaciones de la aduana de partida. Se anotan cualesquiera observaciones sobre la operación de tránsito aduanero internacional, las mercancías u otras que la aduana de partida estime pertinentes.

Casilla 17: Firma y sello del responsable. En la parte inferior se anota la fecha y el lugar en que se suscribe.

b Firma y sello de la aduana de partida. Se consigna la firma y el sello del funcionario responsable de la aduana que autoriza el inicio de la operación de tránsito aduanero internacional. En la parte inferior se anota la fecha de esta intervención.

Casilla 19 a 22: Firma y sello del transportador responsable por el transporte realizado en cada tramo.

B. Indicaciones para llenar las casillas del reverso del formulario.

Las casillas del reverso del MIC/DTA se reservan para el uso de las autoridades de aduana y de transporte que intervienen en los trámites fronterizos asociados con este tipo de operación, tanto en los países de tránsito como en los de salida y de destino, así como para la aduana de este último donde se efectúa la nacionalización de las mercancías individualizadas en el anverso al finalizar la operación de tránsito aduanero internacional. Los trámites que cada aduana deberá realizar están estipulados en el Protocolo Adicional al Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay-Paraná (Puerto de Cáceres - Puerto de Nueva Palmira) sobre Asuntos Aduaneros.

Casilla 23: Lugar y país de escala. Se indica el puerto y el país en que el medio de transporte ingresó a realizar operaciones en el transcurso de una operación de tránsito aduanero.

Casilla 24: Fecha. La aduana de escala asienta la fecha en que se realizan estas operaciones.

Casilla 25: Operaciones realizadas. La autoridad aduanera especifica cuales fueros las operaciones realizadas en ese punto de escala.

Casilla 26: Modificaciones/Cambios del medio de transporte. La autoridad de transporte de ese puerto de escala detalla las modificaciones que se hubieran operado en el medio de transporte.

Casilla 27: Firma y sello de la aduana. Se consigna la firma y el sello del funcionario responsable de la aduana de escala que autorizó las operaciones realizadas en la misma.

Casilla 28: Firma y sello de la autoridad interviniente. Se consigna la firma y sello de la autoridad de transporte que supervisó las modificaciones o cambios operados en el medio de transporte.

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